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Violencia hacia la mujer dentro de la familia


Es de creer que la familia es el centro de armonía de cada ser humano y que es un contexto donde se suelen dar relaciones que propician bienestar, pero con el paso de los años y la divulgación constante se ha hecho evidente que también encontramos malestar en los integrantes de este sistema. Simmel (1986) citado por Bojacá (2010) resalta que:


Imagen 1. (Selecciones Reader’s Digest, 2017)


Todas las familias se debaten entre la armonía y el conflicto, entre el amor y el odio porque toda relación humana comporta elementos disociadores y asociadores, unidad y diversidad y sentimientos de simpatía, inclinación, respeto, amor y de antipatía, aversión y odio (p. 28).


El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) dio a conocer las siguientes cifras sobre violencia intrafamiliar contra la mujer en Colombia, encontrando asi: 2014= 12.090, 2015=11.330 y 2016=13.036 víctimas por alguno de sus familiares.


En cuanto a la normatividad colombiana, la Ley 294 de 1996. se encargó de definir la violencia intrafamiliar así: “Artículo 4°. Toda persona que dentro de su contexto familiar sea víctima de daño físico o síquico, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión por parte de otro miembro del grupo familiar”, tipificarla como delito autónomo [Artículo 22], considerar como trato degradante el obligar o inducir a un integrante de la familia al consumo de sustancias psicoactivas (SPA) o consumirlas delante de los menores de edad [Artículo 23] (Ministerio de Justicia, 1996, p. 1).


Imagen 2. (ONU Mujeres, 2017)


Es tal la magnitud de esta problemática a nivel global, que entidades como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), refuerzan el dominio de esta problemática como un fenómeno de carácter público aun cuando se encuentra manifiesto en un ambiente privado como lo es la familia, exponiendo cómo se transforman los discursos de los agresores en el contexto familiar, los cuales despliegan supuestas manifestaciones de afecto y protección mediados a través de la violencia, propiciando así, un mantenedor en la relación:


En la familia violenta, el rol de afecto, protección y cuidado del grupo familiar es reemplazado por la amenaza y el temor. Sin embargo, el discurso continúa siendo el del afecto y protección que se traduce en “yo te golpeo porque te amo”, o bien “tú haces que yo te golpee porque te portas mal” (BID, 2007, p. 149-150).

Dado que pueden surgir diferentes agresores en la familia, en una próxima publicación ahondaremos en la violencia conyugal, puesto que es una de las más denunciadas. Recuerda, ninguna demostración de afecto lleva consigo violencia y la familia no puede ser un escudo que todo lo soporta por mantener la unión de sus integrantes. Denuncia!

Imagen 3. (Aleteia, 2017)


Referencias.


Banco Interamericano de Desarrollo. (2007). ¿Cuál es la salida?: la agenda inconclusa de la seguridad ciudadana. Alda, E; Beliz, G. Capítulo 3: Violencia de género: el desafío de la prevención. Larrain, S. ISBN: 1597820490, IDB Bookstore Estados Unidos de América. 1-371. Recuperado de: https://publications.iadb.org/bitstream/handle/11319/239/%C2%BFCu%C3%A1l%20es%20la%20salida%3f.pdf?sequence=1


Bojacá, J. Y. (2010). Violencia intrafamiliar contra la mujer por parte de su conyugue. Universidad del Valle. Facultad de ciencias sociales y económicas. Santiago de Cali. Tesis de pregrado. Recuperado de: http://bibliotecadigital.univalle.edu.co/bitstream/10893/5886/1/0417918-p.pdf


Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. (2016). Boletín epidemiológico violencia de género en Colombia análisis comparativo de las cifras de los años 2014, 2015 y 2016. 1-29. Recuperado de: http://www.medicinalegal.gov.co/documents/88730/4023454/genero.pdf/8b306a85-352b-4efa-bbd6-ba5ffde384b9


Ministerio de Justicia. (1996). Ley 294 de 1996, "Por la cual se desarrolla el artículo 42 de la Constitución Política y se dictan normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar". Recuperado de: https://www.minjusticia.gov.co/portals/0/MJD/docs/ley_0294_1996.htm#top





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