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Maltrato físico

Este tipo de abuso causa sometimiento por parte de la víctima y el agresor obtiene el poder sobre ella; puesto que sus manifestaciones son agresiones que implican golpes, patadas, puños e intentos de estrangulamiento y trae consigo consecuencias en el plano de la salud física, así lo refieren Aliaga, Ahumada & Marfull (2003) expresando que se puede padecer de: abuso del alcohol y otras sustancias psicoactivas, daños corporales, quejas somáticas, cambios de peso, entre otros.

En Colombia se establece la Ley 1257 de 2008, la cual reconoce de forma explícita la violencia que es ejercida contra la mujer por el hecho de ser mujer, asimismo define el concepto de daño y sufrimiento según el tipo, en el Artículo 3. El literal b. por su parte reconoce así el daño físico como: “Riesgo o disminución de la integridad corporal de una persona”. (MINJUSTICIA, 2008, p. 1). Además establece normas para sensibilizar, prevenir y sancionar la violencia adoptando políticas públicas que protegen a la mujer; estas políticas deben reconocer las desigualdades expuestas en la sociedad. Es en este punto donde se precisan normas que hablan clara y abiertamente de proteger a la mujer de la violencia, se deja a un lado la idea de crear igualdad entre hombres y mujeres y se enfatiza en prevenir y preservar el bienestar de la mujer, esto justificado en los múltiples ataques ejercidos a la mujer durante siglos.

Otra forma de hacer evidente la violencia, es el uso de ataques con agentes químicos, ataques que no solo dejan lesiones físicas sino también psicológicas, en el año 2016 se presentaron 103 ataques y en el 2017 a la fecha se registran 434, cifras alarmantes y actos atroces que son mediados por la Ley 1773 de 2016, (Presidencia de la Republica, 2016, p. 1) la cual fue modificada por la lucha incesante de Natalia Ponce de León quien después de ser atacada con ácido en el año 2014 y haber atravesado por múltiples operaciones debido a la afectación causada en su rostro y cuerpo, estuvo al frente para que se logra implementar, modificar y endurecer las penas contra este tipo de agresores.

Para finalizar, recuerda denunciar si eres víctima de violencia o conoces a alguien que lo es, puedes llamar a la Línea 155 en Colombia.

REFERENCIAS

Aliaga P., Patricia, Ahumada G., Sandra, & Marfull J., Marisol. (2003). VIOLENCIA HACIA LA MUJER: UN PROBLEMA DE TODOS. Revista chilena de obstetricia y ginecología, 68(1), 75-78. https://dx.doi.org/10.4067/S0717-75262003000100015


Ministerio de Justicia. (2008). Ley 1257 de 2008, “por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”. Recuperado de: https://www.minjusticia.gov.co/portals/0/MJD/docs/ley_1257_2008.htm


Policía Nacional de Colombia. (2017). Primer puesto de mando unificado contra las violencias hacia las mujeres en el país. https://www.policia.gov.co/noticia/primer-puesto-mando-unificado-contra-violencias-mujeres-pais


Presidencia de la República. (2016). "por medio de la cual se crea el artículo 116a, se modifican los artículos 68a, 104, 113,359, y 374 de la ley 599 de 2000 y se modifica el artículo 351 de la ley 906 de 2004". Recuperado de: http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%201773%20DEL%206%20DE%20ENERO%20DE%202016.pdf

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